Marco legal

Artículo 39.7 LIS Marco legal completo

Fundamentos legales de la inversión cultural en España. Directamente de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

120%

Deducción

18 años

Plazo de aplicación

50% cuota

Límite anual

€300

Inversión mínima

Qué es

¿Qué es el Artículo 39.7 LIS?

El Artículo 39.7 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades es el mecanismo legal que permite convertir deducciones fiscales de producciones audiovisuales y espectáculos en vivo en liquidez inmediata.

En palabras de la legislación española:

"Las deducciones contempladas en los apartados 2 y 3 del artículo 36 de esta Ley podrán ser objeto de transmisión"

Esto significa que un productor con derechos de deducción fiscal puede transferir esa deducción a un inversor, quien la aplica a su propia cuota. El inversor paga al productor por la deducción, proporcionando capital inmediato.

Base legal

Artículo 39.7 LIS, introducido para promover la inversión en cultura española. Implementa los incentivos fiscales para cinematografía, audiovisual y artes escénicas.

Consultar en la Agencia Tributaria →

Proyectos elegibles

Tipos de proyectos elegibles

Certificado requerido: ICAA

Producciones audiovisuales

  • Películas de largometraje
  • Películas de cortometraje
  • Series de ficción audiovisual
  • Producciones de animación
  • Documentales

Deducción: 30% en el primer €1M · 25% sobre el resto

Certificado requerido: INAEM

Espectáculos en vivo

  • Producciones teatrales
  • Conciertos y festivales
  • Danza y ballet
  • Espectáculos musicales
  • Artes escénicas en general

Deducción: 20% normal · 30% producciones internacionales

Requisitos

Condiciones legales obligatorias

01

Certificación oficial

El proyecto debe contar con un certificado de carácter cultural válido (ICAA o INAEM).

02

Documentación completa

Gastos elegibles documentados, presupuestos detallados y plan de ejecución.

03

Sin relación previa

El inversor y el productor no pueden tener vínculos empresariales previos (operación en condiciones de mercado).

04

Reporte consistente

Ambas partes deben reportar la transacción de forma coherente a la AEAT.

05

Límite anual

La deducción está limitada al 50% de la cuota íntegra anual del inversor.

06

Período de aplicación

El inversor dispone de hasta 18 años para aplicar la deducción desde el año de la transferencia.

Ejemplo práctico

Economía de la deducción

Inversor invierte €1.000 en un proyecto

Inversión realizada€1.000
Deducción fiscal (120%)€1.200
Ahorro fiscal (IS 25%)−€300

Resultado

El inversor paga efectivamente €700 por su inversión de €1.000. Rentabilidad fiscal: ~30% de descuento en el coste real.

Aclaraciones importantes

Asesoramiento legal

Esta información es orientativa. Arton no proporciona asesoramiento fiscal o legal. Consulta con tu asesor fiscal personal.

Residencia fiscal en España

Solo los residentes fiscales en España pueden aplicar esta deducción. Se verifica mediante KYC antes de cualquier inversión.

Responsabilidad fiscal

Es responsabilidad del inversor reportar correctamente la inversión a la Agencia Tributaria. Arton proporciona toda la documentación necesaria.

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